Mediante Resolución N°201-2338, la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas ha extendido el plazo hasta el 31 de octubre de 2022 (en lugar de 30 de abril de 2022) para que tanto las personas jurídicas que no realicen operaciones que se perfeccionen, consuman o surtan efectos dentro de la República de Panamá, como aquellas que se dediquen de forma exclusiva a ser tenedoras de activos, dentro o fuera del territorio panameño, presenten sus registros contables y documentación de soporte (o copias de estos) a sus Agentes Residentes.

Igualmente, la Resolución informa a los Agentes Residentes que deberán presentar la primera declaración jurada ante la Dirección General de Ingresos a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

 

https://www.gacetaoficial.gob.pa/pdfTemp/29510_A/91067.pdf